El 16 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependientes y a partir del 23 de junio estará disponible el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada.
Las devoluciones automáticas de IRPF para trabajadores dependientes comenzarán el 16 de junio. Por otra parte, a partir del 23 de junio estará disponible el formulario de Declaración Jurada en línea.
Las devoluciones de IRPF se pueden cobrar sin necesidad de realizar la Declaración Jurada.
Se pueden hacer a través del banco elegido por el contribuyente o en redes de cobranza (Abitab y Red Pagos).
Las consultas sobre el monto y estado de la devolución se debe hacer en Servicios en Línea de la web de DGI a partir del 14 de junio.
¿Cuándo se cobran las devoluciones?
Las devoluciones automáticas de trabajadores dependientes comienzan a cobrarse el jueves 16 de junio de 2022 en redes de cobranza o en el banco designado. ¿Cómo surgen las devoluciones automáticas?
El contribuyente puede consultar con su cedula de identidad si tiene o no devoluciones en Consulta de Devoluciones IRPFIASS-IRNR. Si se desea consultar el monto y estado de la devolución, puede hacerse ingresando con su contraseña en Servicios en línea/Devoluciones.
Las devoluciones que surgen de la presentación de la Declaración Jurada se cobran a partir del 15 de julio en bancos y a partir del 28 de julio en redes de cobranza, si la declaracion es presentada antes del 1° de julio. Las fechas de las devoluciones posteriores serán informadas oportunamente.
Estado de las devoluciones
Una vez presentada la declaración jurada puede consultarse el Estado de la devolución ingresando en Consulta de Devoluciones en Servicios en Línea/Devoluciones, o a través del Whatsapp al 098 134400.
Si de nuestros controles surgieran observaciones, se mostrarán en esa consulta y se informará a través de un SMS al celular registrado por el contribuyente. Para solucionarlo, se deberá iniciar el trámite en "Trámite de Devoluciones con observaciones" ingresando con su contraseña en Servicios en Línea/Devoluciones.
Por más información: Call center 1344 (o 21344 desde el Interior), opción 4.
A partir del 23 de junio los contribuyentes de IRPF y IASS tendrán el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada
Declaración Jurada
Contribuyentes de IRPF
Los trabajadores dependientes podrán acceder en la página WEB de la DGI al formulario en línea para hacer la Declaración Jurada de IRPF con la información precargada de su actividad del año 2021. Podrán confirmarla o modificarla agregando deducciones, créditos por alquiler, corrigiendo ingresos o retenciones de una forma muy sencilla y rápida; sólo se requiere tener Identidad digital.
Los trabajadores independientes podrán acceder al mismo formulario y deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente.
Si de la Declaración Jurada de IRPF surge un saldo a pagar, ¿cuándo se efectúa ese pago?
Si de la Declaración Jurada de IRPF surge un crédito a favor del contribuyente, ¿cómo se cobra?
¿Cómo obtener una Identidad Digital?
Respecto a la Declaración Jurada de IRPF, los trabajadores dependientes podrán acceder en la página web de Servicios en Línea de DGI al formulario en línea con la información precargada de su actividad del año 2021.
Allí se puede confirmarla o modificarla agregando deducciones, créditos por alquiler, corrigiendo ingresos o retenciones.
Los trabajadores independientes podrán acceder al mismo formulario y deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente.
La mayoría de los contribuyentes no están obligados a presentar su Declaración Jurada.
La DGI informa en su web sobre quienes no están obligados a presentar declaración jurada de IRPF.
Asistencia al contribuyente
Si el contribuyente desea ser asistido por DGI, es obligatorio agendarse previamente vía Web, por Whatsapp al 098 134400 o llamando al 151 desde Montevideo y 2151 desde el interior, en el horario de 9:00 a 18:00 horas.
La agenda estará disponible a partir del 27 de junio para últimos dígitos de cédula del 0 al 4, y a partir del 8 de julio para los restantes dígitos.